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El sistema de Salud en España





El Sistema de Salud en España, es totalmente abarcativo, debido a que contempla las necesidades básicas, para que usted como ciudadano o residente en el país, se encuentre amparado por el SNS.

Cabe destacar que rige desde el Estado, y la Ley que lo acompaña, la cobertura en Salud Pública en un porcentaje del  100%, en el que no va a tener que abonar nada en cuanto a las medicaciones que precise y la atención respectiva.

La organización del SES, es sumamente efectiva, dependiendo del Ministerio de Sanidad, al que afluyen los diferentes, sistemas que se otorgan en las diferentes regiones o comunas del país.

En tanto que cada sitio, se agrupa mediantes los centros llamados Sanitarios, para ejercer la mejor atención a la población en general, sin excepción ninguna.

Para ello, va a precisar la Tarjeta de Salud, mediante la cual podrá realizar la atención denominada Primaria, el médico será, quién lo asista en su ficha personal, controles generales, etc.

Así mismo, si precisara de un especialista, será derivado y atendido, por el facultativo correspondiente. En tanto que para resguardar su salud, si posee una enfermedad autolimitante, crónica, socialmente tendrá el respaldo ambiental y psicológico.




Cabe destacar, que posee Sistema de sanidad pública, pero también Privado, ambos dos, de gran calidad y prestigio.

En las zonas básicas, el sistema nacional de salud de españa se suele atender entre cinco mil a veinte mil personas, en los hospitales el ciudadano va a ser atendido para atención primaria y en los centros de especialidades, a las derivaciones que haga el médico tratante.

Sepa más:

Historico y marco normativo de la Salud en España

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El sistema de Salud en España

Los datos históricos y el marco normativo de la Salud en España, fueron evolucionando a favor de los ciudadanos en el  paso del tiempo.




Hacia el año 1908, el sistema sanitario español fue implementado, pero como ciudadano tenía que abonar por dichas prestaciones, con el correr del tiempo y gracias a la Ley del año 1986, ha dado un vuelco fundamental.

Porque abarca en una cobertura amplia en las diferentes Comunas del territorio, teniendo en cuenta el ámbito geográfico de las áreas de prioridad residencial con profesionales especializados, y con contención socio asistencial, en un 100% de gratuidad para todos sin excepción.

Ley 14/1986 General de Sanidad

Bien, mediante esta Ley 14/1986, denominada General de Sanidad, mediante artículos 43 y el 49, da vigencia a efecto de que nadie, quede sin atención en el país. La ley general de sanidad Se basa en La Constitución Española.




Además, prevalece la importancia de que cada Comunidad con autonomía, tenga todas las herramientas para brindar a sus ciudadanos la calidad en atención garantizada, por la ley general sanidad.

En el 2003 se ha ampliado favoreciendo aún más el desarrollo en las comunidades autónomas, en una interrelación entre ellas, para que sean mejoradas las condiciones permanentemente a favor de la población.

Informaciones sobre la Entidad España Salud

El sistema de salud en realidad es un tema amplio y de mayúscula importancia que se brinda desde el sistema nacional de salud, ya que se contemplan una variante de situaciones.

Como por ejemplo, salud de los ciudadanos de todas las comunidades en el territorio nacional, estableciendo médicos en atención primaria y especialidades.

La gratuidad para quienes no estén aportando al Estado, accediendo así a los mismos beneficios, que los que si están trabajando.

Brinda, además el apoyo, social y asistencial a las personas, con enfermedades crónicas, o fin de ayudarlas psicológicamente, para el momento de la reinserción al empleo formal.

Cumpliendo roles, de control en los ambientes dónde los trabajadores, ejercen sus funciones, para que los mismos sean adecuados y salubres, en otras tantas cosas más.

Ley General de la Seguridad Social

Sumamente importante, para protección y salud de las personas con discapacidad, en situación de retiro jubilatorio, en protección de Salud de todos los habitantes del país.

En cuanto a la Ley de la Seguridad Social, surge a partir de los riesgos del trabajo, muchos años atrás. En el siglo veinte, precisamente comienzan a hacerse efectivos los Seguros Sociales, ante riesgos de los trabajadores, en su ambiente laboral.

Es así, que la Seguridad Social, daría su aparición en el año 1967, contemplaba simplemente a las personas o trabajadores contribuyentes. Hacía 1990 se reforma dando una protección a los trabajadores no contributivos también, llamado mixto.

Basándose en la Constitución Española, artículo 41, norma general se la S.Social. Siendo el artículo 141.1.17, es el que le da el rol al Estado en materia de la Seguridad Social.

Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud

Esta Ley del Sistema Nacional de Salud, se crea en Mayo de 2003, específicamente el 28 del mismo mes. Es llamada de cohesión y calidad dado que tiene por objetivo interactuar con todas las Administraciones de orden público, el SES.

Para que, resumiendo se trabaje en forma cooperativa en todos los puntos del territorio español, en materia de salud, mancomunados en un mismo fin, la salud de todos los habitantes.

Organismos Competenciales de la Sanidad Española

Con el objetivo estratégicamente pensado, para que el sistema de la salud española, se lleve a cabo con éxito, hay tres ámbitos fundamentales a ver.

Por un lado la acción del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el CISNS y el que comprende la Competencia Sanitaria de las diferentes, comunidades autónomas.

En la pirámide normativa, siempre está en la cúspide la Constitución Nacional, luego el Real Decreto, la orden del Ministerio y por último la Resolución de la Dirección General.

Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS)

A través de la ejecución en el trabajo coordinado en salud del Consejo Interterritorial, CISNS, tiene mucho que ver como órgano de cohesión interterritorial, entre todas las Provincias y Comunas del país.

Posee varias áreas de trabajo, divididas en Comisiones, Plenos y Grupos Técnicos, constituída por distintas autoridades, el presidente, etc.

Las distintas partes que la componen realizan reuniones cuatrimestrales, durante el año, para evaluar el progreso de la sanidad pública en España.

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Competencias Sanitarias de las Comunidades Autónomas

Sobre competencias en salud entre las diecisiete comunidades autónomas, más las dos ciudades de Ceuta y Melilla, son competencias, asumibles, que están referidas según el Artículo 148.1 de la Constitución.

Cabe destacar, que en este caso se refiere al Patrimonio Histórico, la ganadería, agricultura. Es importante que si adquirieron su autonomía por vía rápida, es porque se hacían cargo de cumplir con las competencias en forma completa.

Ahora bien, yendo al punto en materia de salud, es meramente competencia exclusiva del Estado, y se denominan, Concurrentes, el rol del Estado aquí, va a ser quien les dicte las bases a las Comunidades en Materia de Salud.

Y el rol de las Comunidades Autónomas, será el de desarrollar las bases que el Estado proponga y ejecutar la misma.

Organización Territorial del Sistema Nacional de Salud

Cuidado de la salud en cada Comunidad, constituídas por 17 más Ceuta y Melilla, poseen su autonomía en todos los ámbitos, claro que el Estado en materia de Salud, es quien de las bases para que se cumplan en materia asistencial a todos los habitantes de cada Comuna.

Con una visión innovadora, dónde el perfeccionamiento, la agilidad y la cooperación, se hagan afines para mejorar la calidad de vida de los españoles y residentes en el país.

Datos y Estadísticas de Salud en España

Según estadísticas de la Comunidad Europea, sobre salud, España es el segundo en esperanza de vida! El promedio es de 83 años.

Una gran concientización para donar órganos, por lo cual ocupa un lugar importante, a nivel trasplante y ablación de órganos.

Según las diferentes fuentes, ocupa el octavo lugar en eficiencia sanitaria entre 196 países. En materia de Sanidad está la Pública, que surge de la recadación de los impuestos. Y la Privada, que adquiere el que lo adopte según su bolsillo y preferencia.

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